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29 enero 2023

INSTRUCTIVO PARA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL: Aplicación Obligatoria del Modelo de Pliego de Condiciones y Modificaciones al Modelo de Pliego de Condiciones.

 Aplicación Obligatoria del Modelo de Pliego de Condiciones.

En cumplimiento del Artículo 16 del Texto Ordenado del DS N° 27328, el presente Modelo de Pliego de Condiciones es el Documento Base de Contratación de uso obligatorio para la elaboración de todo Pliego de Condiciones para la Contratación de Obras en entidades del sector público sin excepción.

Modificaciones al Modelo de Pliego de Condiciones. 

Las entidades públicas, únicamente en casos excepcionales, podrán solicitar al Órgano Rector, la modificación de este Modelo de Pliego de Condiciones sobre la base de las características especiales de la contratación a realizar. El Órgano Rector, previa evaluación de su requerimiento, podrá autorizar la modificación solicitada. Cuando existan modificaciones, deberá adjuntarse, al Pliego de Condiciones, la nota de autorización expedida por el Órgano Rector.

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