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11 agosto 2016

Dos construcciones clandestinas bajo conminatoria de demolición

Dos construcciones que presentan irregularidades en su edificación, fueron notificadas por la unidad de Regulación Urbana del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro (GAMO), bajo la conminatoria de demolición porque no habrían respetado el nivel de la rasante permitida en el centro de la ciudad.

Ayer, en horas de la mañana, personal de esta dependencia se apersonó por inmediaciones de las calles 6 de Octubre entre Adolfo Mier y Junín, para proceder a la notificación de dos construcciones que presentan irregularidades porque no se respetó la norma municipal.

"Mediante monitoreos que realizamos con la gente, evidenciamos que existen dos construcciones, las cuales, si bien tienen planos de construcción aprobados, además de línea nivel, pero en el tema del replanteo de la edificación no consultaron a Regulación Urbana y notamos que se salió de rasante en más de un metro, entonces por lo que procedimos con la notificación", señaló el jefe de Regulación Urbana, Adhemar Tito.

Indicó que los dueños se apersonaron por oficinas de la entidad edil, pero que al no respetar las normativas se procedió a la notificación mediante resolución administrativa 081/2016 emitida por la Secretaría Municipal de Gestión Urbana Territorial.

"Las notificaciones emitidas fueron entregadas en las calles 6 de Octubre entre Adolfo Mier y Junín, acera Oeste, son dos construcciones donde se inició el proceso sancionador, de las cuales la resolución salió ayer (martes) para una de ellas y de la otra el documento sancionador saldrá en el curso de esta jornada", afirmó la autoridad.

También añadió de que estas edificaciones conforme al decreto sancionador tendrían que necesariamente ser demolidas en la parte de las columnas que se encuentran fuera del límite establecido dentro de la regulación vigente; en otras construcciones con similares problemas se procedió a la destrucción de los pilares y muros que infringían los dictámenes del plan regulador haciendo respetar la rasante de 12 metros que debe existir entre las paredes de ambos domicilios tomando en cuenta las aceras y el ancho de vía.

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