05 abril 2017

Seguridad industrial Constructoras podrán ser pasibles a multas

A partir de la fecha, las empresas de construcción fueron obligadas a otorgar los implementos de seguridad a sus trabajadores, luego de cumplirse el plazo de adecuación de las mismas, según señaló el Decreto Supremo 2936, aprobado en octubre de 2016.

En esta disposición, se señala que los empleadores deben proporcionar los dispositivos necesarios para que los trabajadores cuenten con la seguridad correspondiente, informó la jefa de Seguridad Industrial del Ministerio de Trabajo, Jazmina Murillo. Según el Sindicato de Trabajadores en Construcción Unificado semanalmente entre 2 a 3 trabajadores se accidentan con riesgo de fallecer por ausencia de medidas de seguridad en las empresas.

“Las empresas tuvieron un plazo de 180 días para la implementación de esta norma que aprobó el 5 de octubre de 2016, plazo que hoy fenece, lo que significa que a partir de hoy se debe dar cumplimiento a esta normativa”, dijo la autoridad.

El artículo 1 del mencionado decreto señala que el objeto es reglamentar la Ley Nro. 545, de 14 de julio de 2014, que ratifica el Convenio Nº 167 sobre “Seguridad y Salud en la Construcción”, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Este reglamento establece que se deben tomar todas las medidas necesarias con el fin de proteger la vida y la salud de los trabajadores del rubro.

ALCANCE

Esta norma se emplea en la ejecución de obras civiles, edificaciones y otras de carácter público o privado en general y en el montaje y desmontaje de edificios y estructuras a base de elementos prefabricados, construcción de carreteras, obras viales, construcción de obras de arte, entre otros, donde exista actividad de construcción y/o mantenimiento.

El rubro de la construcción es el de mayor crecimiento en el país, además que se constituye el trabajo con mayores riesgos, debido a que los obreros lo hacen sobre andamios, frecuentemente precarios. La norma establece también que el trabajo en altura se considera a partir de 1,8 metros, es decir, que los empleadores tendrán que implementar sistemas de protección colectiva anticaídas, personal y otros controles operacionales.

TRABAJADORES

El ejecutivo de la Confederación de Constructores de Bolivia, Valerio Ayaviri, aseguró que esta normativa permitirá motivar a los trabajadores para que exijan a los empleadores mejores condiciones en sus fuentes laborales.

“Nosotros estamos expuesto a diferentes riesgos porque trabajamos en la altura, se debe contar con los elementos de seguridad, como cascos, arneses, escaleras; cuando se trabaja con electricidad, se debe tener los guantes de aislamiento, muchos de los compañeros sufrieron accidentes”, argumentó el dirigente.

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